Requisitos
En la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, el personal aspirante deberá reunir los siguientes requisitos:
✔Tener la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los y las nacionales de la otra.
✔Ser mayor de edad.
✔Carecer de antecedentes penales.
✔Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Formación Profesional de primer grado o de otros equivalentes o superiores.
✔Estar en posesión de alguna de las licencias de armas en vigor de la clase «A», «B», «C» o «F».
Si en algún momento del proceso selectivo se tuviere conocimiento de que cualquier aspirante carece de alguno de los requisitos señalados, el Tribunal calificador, previa audiencia, propondrá a la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil la exclusión y anulación de sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido.
Solicitudes
Procedimiento de inscripción
La solicitud de admisión a este proceso se realizará por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es/), seleccionando Seguridad Privada y el procedimiento de «Admisión a pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada». Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma Cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente).
Acreditación de requisitos
La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva consigo la autorización de la persona interesada para que el Servicio de Protección y Seguridad recabe, mediante plataformas de intermediación electrónica, sus datos de identidad, los antecedentes penales que pudieran obrar a su nombre, así como todos aquellos datos y documentos necesarios para la tramitación del procedimiento que ya obren en poder de la Administración. En caso de no consentimiento u oposición expresa por parte de la persona interesada, esta deberá aportar al procedimiento la documentación pertinente en el momento de solicitud de admisión al proceso y siempre antes de la finalización de dicho plazo.
Las personas aspirantes deberán aportar al procedimiento la siguiente documentación:
✔Título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Formación Profesional de primer grado, u otros equivalentes o superiores, o sus equivalentes u homologaciones cuando aquellos estudios no hubieran sido cursados en España.
✔Aquellas personas aspirantes que hubieran cursado sus estudios en un sistema educativo distinto al sistema educativo general español deberán acreditar los mismos mediante certificación u homologación, en su caso, expedida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o por el Organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente cuando tengan competencia para ello.
✔Licencia de Armas tipo «A», «B», «C» o «F» en vigor.
✔Las personas aspirantes extranjeras no residentes deberán aportar la Tarjeta de identidad o Autorización de Residencia en vigor o, en su defecto, el pasaporte, en los que conste la nacionalidad y el número de identidad de la persona titular.
✔Los documentos acreditativos de los requisitos exigidos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción autenticada al castellano, si estuvieran redactados en otros idiomas, incluyendo todas sus hojas y/o caras.
Pruebas de Aptitud
Prueba de conocimientos teóricos:
Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de sesenta (60) preguntas tipo test ajustadas al programa de materias teóricas, además se contestarán tres (3) preguntas reserva que figuran en el citado cuestionario. El tiempo para la realización de esta prueba será de sesenta y tres (63) minutos. Las preguntas de reserva, solamente, serán valoradas en el caso de que el Tribunal calificador anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuadernillo. Este ejercicio se calificará a razón de un (1) punto por respuesta correcta. Para ser declarado/a apto/a, la persona aspirante deberá obtener como mínimo la mitad de los puntos (30 puntos), teniendo en cuenta que las respuestas mal contestadas puntúan negativamente conforme a la siguiente fórmula:
P = A - [E / (n - 1)], siendo:
P = Total de preguntas.
N = Calificación obtenida.
A = Número de aciertos.
E = Número de errores.
n = Número de opciones de respuesta a cada pregunta.
Las materias objeto de examen, serán las que, a fecha de la prueba teórica, se encuentren en vigor.
Finalizada la prueba de conocimientos teóricos, el Tribunal calificador mediante Acuerdo, hará público, en los lugares señalados en la convocatoria, el listado con los resultados provisionales de dicha prueba, disponiéndose un plazo de diez (10) días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación para presentar alegaciones por la vía establecida en la convocatoria.
Finalizado dicho plazo, el Tribunal calificador mediante Acuerdo, hará público, en los lugares señalados en la convocatoria, el listado con los resultados definitivos de la prueba de conocimientos teóricos, procediendo a convocar a las personas aspirantes con resultado apto/a para la realización de las pruebas de aptitud práctica, con indicación de la sede, fechas y horas de realización de las pruebas asignadas a cada aspirante. No obstante, en el caso de que existiera más de un día para la realización de las pruebas de aptitud práctica, se podrá autorizar el cambio de día a las personas aspirantes que lo soliciten por causas justificadas. Para ello deberán remitir solicitud en el plazo de cinco (5) días naturales a partir del día siguiente a la publicación del listado con resultados definitivos de la prueba de conocimientos teóricos, mediante el envío de correo electrónico a la dirección: dg-seprose-segprivada@guardiacivil.org
Prueba de aptitud práctica:
Esta prueba se realizará exclusivamente con munición inerte, constando de dos partes:
Primera parte: Consistirá en el aseguramiento, desmontaje y posterior montaje de cada una de las armas que establezcan en la convocatoria. Esta prueba se ajustará a lo que disponga el Tribunal calificador durante el desarrollo de las mismas; calificándose en su conjunto como apto/a o no apto/a, determinándose que cualquier fallo de seguridad o falta manifiesta de pericia en el manejo de las armas será motivo de eliminación.
Segunda parte: A continuación, y conforme a las directrices contenidas en la convocatoria, la persona aspirante mediante la realización de un sorteo previo ejercerá la dirección simulada de un ejercicio de tiro de entre los que figuran en la Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada. Esta prueba se ajustará a lo que disponga el Tribunal calificador durante el desarrollo de las mismas; calificándose en su conjunto como apto/a o no apto/a, en su valoración de las directrices establecidas en la correspondiente convocatoria.
El día de la prueba de aptitud práctica, la persona aspirante deberá estar en posesión de la licencia de armas tipo «A», «B», »C» o «F» en vigor, la cual será requerida por el Tribunal calificador en dicho acto, no siendo admitidas licencias que se encuentren en estado de tramitación o caducadas, conllevando la exclusión del proceso selectivo.
Finalizada las pruebas de aptitud práctica, el Tribunal calificador mediante Acuerdo, hará público, en los lugares señalados en la convocatoria, el listado con los resultados provisionales de dicha prueba, disponiéndose un plazo de diez (10) días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación para la presentación de alegaciones por la vía establecida en la convocatoria.
Finalizado dicho plazo, el Tribunal calificador mediante Acuerdo, hará público, en los lugares señalados en la convocatoria, el listado con los resultados definitivos de las pruebas de aptitud práctica.
Las personas aspirantes que hayan superado las pruebas serán declaradas aptas por Acuerdo del Tribunal calificador, que se hará público mediante Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, a través de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», la cual se encontrará igualmente disponible a los usuarios y las usuarias en los lugares señalados en la convocatoria.
La superación de estas pruebas habilitará para el ejercicio de las funciones de instrucción de tiro del personal de seguridad privada, previa expedición de la acreditación correspondiente en el expediente que se instruya a instancia de los propios interesados
La vigencia de la habilitación estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigidos para su obtención.
Temario
Materias Teóricas
Tema 1. Normativa
Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada.
Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993 de 29 de enero, y normativa que lo modifique en su caso.
Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y normativa que lo modifique en su caso.
Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaria de Estado de Interior por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada, y normativa que la modifique en su caso.
Orden de 15 de febrero de 1997, del Ministerio del Interior, por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los Guardas Particulares del Campo para desempeñar funciones de vigilancia y guardería, modificada por Orden de 30 de abril de 1998, del Ministerio del Interior, por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los Guardas Rurales para desempeñar funciones de vigilancia y guardería.
Orden INT/318/2011, de 1 de febrero de 2011, del Ministerio de Interior, sobre personal de seguridad privada, y normativa que la modifique en su caso.
Tema 2. Armamento. Armas reglamentarias en Seguridad Privada
Estudio y conocimiento de las partes, funcionamiento combinado de los mecanismos, armado y desarmado, interrupciones más frecuentes y formas de subsanarlas, y normas de seguridad de las armas con las que realizarán el ejercicio práctico:
Pistola semiautomática del calibre 9 mm Pb (HK USP COMPACT).
Revólver calibre 38 especial de 4 pulgadas (LLAMA MARTIAL).
Escopeta de repetición del calibre 12/70 SPA (ESCOPETA FRANCHI CULATA FIJA).
Arma larga rayada de repetición CALIBRE 22 (CARABINA MARLIN Mod 880 SS).
Tema 3. Balística y cartuchería
Partes en que se divide el estudio sobre balística. Definiciones y características generales de las distintas ramas.
Conocimiento de las distintas municiones de las armas reglamentarias en Seguridad Privada. Calibres. Partes de un cartucho, formas y tipos de munición. Cartuchería prohibida.
Tema 4. Normas de seguridad en el manejo de las armas
Normas generales y específicas.
Normas de seguridad a seguir antes, durante y después del tiro, así como en la limpieza y custodia de las armas.
Tema 5. Técnica de tiro
Fundamentos básicos del tiro. Empuñamiento del arma, toma de los elementos de puntería, presión sobre el disparador y postura de tiro. Definiciones y errores más frecuentes.
Definiciones de ojo dominante y director, error paralelo y angular. Tipos de elementos de puntería.
Formas de corregir el tiro modificando y sin modificar los elementos de puntería. Como no se debe corregir nunca el tiro.
Posturas de tiro, puntería e instintivo, con las distintas armas. Formas de adopción y premisas fundamentales:
Weaver.
Crouch.
Cazadora.
Tiro desde la cadera.
Materias Prácticas
1. Dirección e instrucción
Observando las medidas de seguridad que hay que adoptar, proceder al aseguramiento, desmontaje y posterior montaje de cada una de las siguientes armas:
Pistola semiautomática del calibre 9 mm Pb (HK USP COMPACT).
Revólver calibre 38 especial de 4 pulgadas (LLAMA MARTIAL).
Escopeta de repetición del calibre 12/70 SPA (ESCOPETA FRANCHI CULATA FIJA).
Arma larga rayada de repetición CALIBRE 22 (CARABINA MARLIN mod. 880 SS).
Simulación de la dirección de un ejercicio de tiro (explicación teórico-práctica):
Explicación y adopción de las medidas de seguridad durante el desarrollo de la simulación del ejercicio de tiro.
Conocimiento del ejercicio de tiro, así como su explicación y demostración de la posición de tiro a emplear en el mismo (Weaver, Crouch, Cazadora o Tiro desde la cadera).
Organización, estructuración en la dirección del ejercicio y aptitud de mando con respecto a los tiradores y tiradoras.
Solución de posibles incidencias de los tiradores o interrupciones del arma durante el desarrollo del ejercicio. Valoración de supuesto resultado del ejercicio realizado (distribución de impactos, motivos posibles y errores observados).
Fuente: Ministerio del Interior
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